Ejercicio de los Derechos de Rectificación, Supresión, Limitación, Portabilidad u Oposición en relación con Datos de Carácter Personal
Ficha informativa
Código SIA
792731
Descripción
Este trámite permite realizar solicitudes de Rectificación, Supresión, Limitación, Portabilidad u Oposición en relación con Datos de Carácter Personal. Derecho de rectificación: el interesado tendrá derecho a obtener sin dilación indebida del responsable del tratamiento la rectificación de los datos personales inexactos que le conciernan. Derecho de Supresión: el interesado tendrá derecho a obtener sin dilación indebida del responsable del tratamiento la supresión de los datos personales que le conciernan siempre que concurran alguna de las circunstancias reguladas en el artículo 17 del RGPD. Derecho de Limitación: el interesado tendrá derecho a obtener del responsable del tratamiento la limitación del tratamiento de los datos cuando se den alguna de las condiciones enumeradas en el artículo 18 del RGPD. Derecho a la Portabilidad de los Datos: el interesado tendrá derecho a recibir los datos personales que le incumban, que haya facilitado a un responsable del tratamiento, en un formato estructurado, de uso común, y lectura mecánica, y a trasmitirlos a otro responsable del tratamiento. Derecho de Oposición: el interesado tendrá derecho a oponerse en cualquier momento, por motivos relacionados con su situación particular, a que datos personales que le conciernan sean objeto de un tratamiento.
Requisitos de iniciación
De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, toda persona jurídica o física podrá dirigirse a la Administración presentando las solicitudes, comunicaciones y escritos que considere oportunos, tan solo deberán de cumplir estos con el contenido mínimo regulado en dicha normativa.
Documentación Obligatoria
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Datos de Identificación
De conformidad con lo establecido en el artículo 66.1.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes que se formulen deberán de contener el nombre y los apellidos del interesado y el artículo 9 regula cual es el sistema de identificación de los interesados.